Ahora he sido tonto – Devolución de productos

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Autor deambulando | en Varios | el 09-08-2007



YO pensaba que no era tonto, pues bien, un buen palo para mi cabeza de alcornoque.

Explico hechos:

Para mi oficina compramos un producto informático, y no estábamos seguros de si realmente iba a ofrecernos las prestaciones que buscábamos, así que lo compramos.

Una vez en la oficina lo testee durante unos 3 días, total que ya había pasado una semana. Y me di cuenta que no es lo que queremos…

La cosa es que comenté que debíamos devolverlo, pero pensamos a bueno tenemos 15 días ya iremos mañana….

Al final el día que hacía 15, fui yo a devolverlo ya que nadie fue.

Mi sorpresa fue buena cuando me dijeron que no me devolvían el dinero. Entonces dije que bueno que no me den el dinero pero dejen me canjearlo por otro producto. NEGACIÓN

Me explicaron que eso lo hacen como máximo a los 7 días de la compra del producto…  Dije que eso no es así que no se lo pueden inventar a la torera, que por favor me lo cambiaran. Se negaron y sin decirme nada mas me dieron una hoja de reclamación por si no estaba conforme, yo me quedé :O, me parece que es la 1ª vez en mi vida que relleno una!!!

Y bueno…me desahogué la verdad. No me puedo creer que no me cambien un producto de 30€, a una empresa que ha comprado más de 5 sobremesas en total con sus respectivas pantallas etc… pues si…

LO JODIDO EN QUE TIENEN RAZÓN!!! :’(

Y aquí la explicación de consumer.es (en el link hay mas info):

La devolución del producto adquirido es un servicio que algunos establecimientos prestan voluntariamente.

La devolución puede consistir en:

  • el reembolso del precio
  • el cambio por otro producto
  • la entrega de un vale

Los establecimientos que admiten la devolución de productos pueden establecer los requisitos en los que ésta debe efectuarse.

No obstante, la persona consumidora tendrá derecho a la devolución del producto cuando éste sea defectuoso.

Si la venta del producto se realiza con la condición de poderlo tener a prueba, el consumidor tendrá la posibilidad de devolverlo en el plazo acordado.

Si no se hubiera fijado dicho plazo éste será de siete días, tal y como establece el artículo 10 de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de ordenación del comercio minorista.



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Comments (2)

Y que era el producto en cuestión?

un consolador!

nono era u adpatador wifi con antena de 5dbi, queriamos probar sinos daba cobertura hasta un punto :D

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